DECRETO 16/95, de 16 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural (Monumento) la Iglesia de San Emeterio de Sietes, en Sietes, Villaviciosa (Asturias).
Estado: VigenteTexto Completo
La Consejeria de Educación, Cultura y Deportes, con fecha 5 de junio de 1985, incoó expediente para la declaración como Monumento Histórico-Artístico a favor de la Iglesia de San Emeterio de Sietes, en Sietes, Villaviciosa (Asturias).
El citado expediente fue tramitado por esta Consejeria, según lo dispuesto en el Real Decreto 3.149/83, de 5 de octubre. sobre transferencia de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias, en materia de cultura.
Dicha tramitación, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se ha llevado a efecto, según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933, del Patrimonio Artístico Nacional, en el Reglamento para,su aplicación de 16 de abril de 1.936, y en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.
En su virtud, y conforme con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1, arts. 9.1 y 14.2 de la Ley 16/85, y el art. 112 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/86, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de febrero de 1995,
DISPONGO:
Articulo único.-Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, a favor de la Iglesia de San Emeterio de Sietes, en Sietes, Villaviciosa (Asturias), con la descripción complementaria que obra en el expediente tramitado, cuyo extracto figura como anexo del presente Decreto.
Dado en Oviedo, a 16 de febrero de 1995.-El Presidente del Principado, Antonio Trevin Lomban.-La Consejera de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós.
Anexo
Extracto del expediente de declaración de Bienes de Interés Cultural
Inmuebles
I.-Datos sobre el bien objeto de la declaración
1. Denominación:
a) Principal: Iglesia de San Emeterio
2. Descripción:
a) Esta iglesia constituye uno de los pocos ejemplos de arquitectura renacentista en Asturias. Fue construida a mediados del siglo XVI, según consta en la inscripción fundacional de la portada principal: "Esta Iglesia mandó hacer el Bachiller Fernando Suárez / año de 1555".
Presenta planta rectangular, cabecera cuadrada, torre campanario a los pies y pórtico en el lado norte. En la actualidad tiene una sacristía adosada al muro norte de la cabecera y un pórtico cerrado a los pies. Su aspecto es de iglesia fortaleza por su carácter macizo y cerrado, y tiene gruesos contrafuertes de sillería reforzando sus muros en el exterior; estos se disponen en ángulo en la cabecera y en la torre.
La nave esta compartimentada interiormente en tres tramos separados por tres arcos: de medio punto, carpanel y apuntado; se separa de la cabecera por un gran arco de medio punto; se cubre con bóveda de crucería cuyos nervios descansan sobre mensulas, excepto el tramo de la tribuna que es adintelado, y la capilla con bóveda estrellada.
Se ilumina a través de varias ventajas, abiertas en el lienzo sur, de arco semicircular y abocinadas con derrame interno.
La decoración externa se localiza en el lateral sur, en torno a la portada principal, en arco de medio punto de grandes dovelas, enmarcada por dos columnas de fuste estriado, sobre un tallo basamento con decoración vegetal, y capiteles corintios que sustentan un entablamento entre dos cornisas decorado con angelotes, rematado por un frontón triangular en cuyo témpano se representa la Natividad; en sus extremos hay dos pináculos. En las enjutas entre el arco y las columnas aparecen representaciones en bajorrelieve del sol, la luna y las estrellas.
En el interior, la decoración se concentra en la bóveda de la capilla. Los bajorrelieves, distribuidos entre los elementos, representan: Pantocrátor, los cuatro evangelistas, angelotes, símbolos de la Pasión, símbolos solares, etc.
c) Delimitación del entorno afectado (Ley 16/85, art. 11.2): No es preceptiva esta delimitación al tramitarse el expediente al amparo de la Ley de 13 de mayo de 1933, en relación con la Disposición Transitoria Sexta.l de la Ley 16/85, del Patrimonio Histórico Español.
6. Bibliografía:
Cobo Arias, Florencio; Zarracina Valcarce, Matilde; Cores Rambaud, Miguel. Guía básica de Monumentos Asturianos.
Memoria para la declaración de Bien de Interés Cultura (Monumento) a la Iglesia de San Emeterio de Sietes.
7. Estado de conservación:
a) Condición: Buena
b) Restauración: Fue restaurada por los vecinos en 1992.
6. Uso: Religioso.
7. Localización:
a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias
b) Provincia: Asturias
c) Municipio: Villaviciosa
d) Ubicación: Sietes
II.-Situación jurídica
1. Titularidad: Eclesiástica
2. Usuarios: Los feligreses
III.-Datos administrativos
2. Incoación del expediente:
a) Fecha de incoación del expediente: 5 de junio de 1985.
b) Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia: 9 de julio de 1985.
3. Instrucción
a) Instituciones que han emitido informe favorable: Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y Universidad de Oviedo.
b) Fecha y diario oficial en que se publicó la apertura del periodo de información publica y duración del mismo: No procede al tramitarse el expediente por la Ley de 1933, en relación con la Disposición Transitoria Sexta.l de la Ley 16/85.
c) Ayuntamiento oído en el expediente: Villaviciosa.
RELACIONES