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Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II Principios de garantía de la libertad de establecimiento y la libertad de circulación
Artículo 3. Principio de no discriminación.
Artículo 4. Principio de cooperación y confianza mutua.
Artículo 5. Principio de necesidad y proporcionalidad de las actuaciones de las autoridades competentes.
Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.
Artículo 7. Principio de simplificación de cargas.
Artículo 8. Principio de transparencia.
Artículo 9. Garantía de las libertades de los operadores económicos.
CAPÍTULO III Garantía de la cooperación entre las Administraciones Públicas
Artículo 10. Conferencia Sectorial para la Mejora Regulatoria y el Clima de Negocios.
Artículo 11. Funciones de la Secretaría para la Unidad de Mercado.
Artículo 12. Cooperación en el marco de las conferencias sectoriales.
Artículo 13. Información a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
Artículo 14. Cooperación en la elaboración de proyectos normativos.
Artículo 15. Evaluación periódica de la normativa.
CAPÍTULO IV Garantías al libre establecimiento y circulación
Artículo 16. Libre iniciativa económica.
Artículo 17. Instrumentación del principio de necesidad y proporcionalidad.
Artículo 18. Actuaciones que limitan la libertad de establecimiento y la libertad de circulación.
CAPÍTULO V Principio de eficacia en todo el territorio nacional
Artículo 19. Libre iniciativa económica en todo el territorio nacional.
Artículo 20. Eficacia en todo el territorio nacional de las actuaciones administrativas.
CAPÍTULO VI Supervisión de los operadores económicos
Artículo 21. Autoridad competente en la supervisión de los operadores.
Artículo 22. Integración de la información obrante en los registros sectoriales.
Artículo 23. Sistema de intercambio electrónico de información.
Artículo 24. Intercambio de información en el ejercicio de funciones de supervisión.
Artículo 25. Intercambio de información por razones imperiosas de interés general.
CAPÍTULO VII Mecanismos de protección de los operadores económicos en el ámbito de la libertad de establecimiento y de la libertad de circulación
Artículo 26. Procedimiento en defensa de la libertad de establecimiento y de circulación por las autoridades competentes.
Artículo 27. Legitimación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Artículo 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios.
Disposición adicional primera. Actuaciones estatales.
Disposición adicional segunda. Productos regulados.
Disposición adicional tercera. Plataforma de Contratación del Sector Público.
Disposición adicional cuarta. Uso voluntario de normas de calidad.
Disposición adicional quinta. Acción popular y derecho de petición.
Disposición adicional sexta. Evaluación normativa de unidad de mercado.
Disposición adicional séptima. Plan anual de trabajo y seguimiento.
Disposición adicional octava. Plan de trabajo de las conferencias sectoriales.
Disposición adicional novena. Creación del Observatorio de Buenas Prácticas Regulatorias.
Disposición adicional décima. Determinación de la autoridad de origen.
Disposición adicional decimoprimera. Plazo para formular requerimientos previos a la interposición de recurso contencioso-administrativo.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
«CAPÍTULO IV Procedimiento para la garantía de la unidad de mercado
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Disposición final cuarta. Título competencial.
Disposición final quinta. Adaptación de la normativa vigente.
Disposición final sexta. Desarrollo normativo.
Disposición final séptima. Entrada en vigor.