El presente procedimiento trae causa de un atestado instruido por la Guardia Civil el día 3 de junio de 2019, en el que se atribuía al investigado la presunta comisión de un delito contra la seguridad vial, concretamente por conducción sin licencia o permiso.
A raíz de dicho atestado, se incoaron Diligencias Previas ante el Juzgado de Instrucción, tramitándose el procedimiento por la posible comisión de un delito leve o menos grave de conducción sin licencia o permiso, previsto en la normativa penal de seguridad vial.
Durante la tramitación de las actuaciones, el investigado no pudo ser localizado, pese a las gestiones realizadas para averiguar su paradero. Como consecuencia de ello, mediante Auto de fecha 20 de agosto de 2019, el Juzgado acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones, condicionando la reapertura del procedimiento al resultado positivo de las gestiones de localización policial.
Transcurridos varios años desde la incoación inicial del procedimiento, la Policía Nacional comunicó finalmente un resultado positivo en las gestiones para localizar al investigado. En virtud de dicha comunicación, la representación procesal del investigado presentó escrito poniendo en conocimiento del Juzgado su paradero, lo que motivó que, mediante Auto de 10 de septiembre de 2025, se acordase la reapertura de las actuaciones, al entenderse que existían motivos suficientes para continuar el procedimiento una vez hallado el investigado.
No obstante, en la misma fecha se dictó resolución declarando extinguida la responsabilidad penal del investigado por prescripción. El Juzgado razonó que los hechos investigados podían ser constitutivos de un delito de conducción sin licencia o permiso, pero que habían transcurrido más de cinco años desde la fecha de su presunta comisión, plazo legalmente previsto para la prescripción de este tipo de delitos.
En consecuencia, el Juzgado acordó el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias, al haberse extinguido la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo sin que el procedimiento hubiera podido avanzar efectivamente frente al investigado, que había permanecido en situación de ignorado paradero durante más de cinco años.